El camino de México hacia la legalización de la marihuana

Nacional / Nacional / Por: Staff NotiGape

Publicado: 13 de November, 2018 | 10:35 AM

El camino de México hacia la legalización de la marihuana

La senadora y futura Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, presentó una iniciativa que tiene como propósito regular el uso de la marihuana en México, considerando en ella factores que van más allá del consumo (lúdico y no sólo medicinal) tomando desde su cultivo, hasta la comercialización.

En tribuna, Sánchez Cordero aseguró que ésta es una propuesta construida a partir de la necesidad de cambiar la política de prohibición de drogas en nuestro país puesto que, desde la llamada “Guerra contra el narcotráfico”, se ha visto el “endurecimiento de la violencia en todos los rincones del país y la criminalización de sectores vulnerables de la sociedad a causa de actividades relacionadas con la cannabis”, señalando que en cifras esto ha representado alrededor de 240 mil muertos, 40 mil desaparecidos y miles de mexicanos debido.

¿QUÉ PLANTEA?

Con base en lo anterior, en el documento se expresa:

“Dado que la Constitución no debería de imponer un ideal de excelencia humana; sino permitir que cada individuo elija su propio plan de vida y adopte el modelo de virtud personal que considere válido, en tanto no afecte a los demás, el Estado tiene dos obligaciones. Por un lado, la de respetar la autonomía de las personas y por el otro, la de evitar que dicha autonomía afecte a los demás. Para que el Estado tenga la capacidad de cumplir con ambas obligaciones, es necesario que intervenga en el mercado del cannabis. A través de la regulación, el Estado tendrá la capacidad de acompañar el mercado con información, estándares mínimos, monitoreo, verificación, y evaluación”.

En cuanto al modelo de regulación, los 75 artículos y siete transitorios, establecen:

USO PERSONAL

• Toda persona tendrá derecho a portar hasta 30 gramos de marihuana y quienes requieran más de esa cantidad, deberán solicitar permiso al Instituto. • Hasta 20 plantas en floración destinadas para consumo personal en propiedad privada, siempre y cuando la producción no sobrepase los 480 gramos por año y que las personas hayan registrado sus plantas ante el Instituto en el padrón anónimo• Creación de cooperativas de cannabis siempre y cuando cuenten con una licencia de autorización. Éstas deben dedicarse únicamente a la producción de cannabis, derivados y accesorios de la misma; contar con un mínimo de dos y un máximo de 150 socios y con un código de ética, además de ofrecer servicios de información y asesoramiento profesionalizado en reducción de riesgos y daños dirigido a los socios, así como de detección temprana y seguimiento de consumo problemático,• Todo ello para mayores de 18 años, estableciendo como prohibición el que cualquiera de estas actividades atañan a menores de edad

USO CIENTÍFICO:

• Para ello se deberá contar con un protocolo de investigación autorizado por el Instituto y los medicamentos derivados no podrán anunciarse, promocionarse o publicarse en ningún medio

USO COMERCIAL:

• Los impuestos en la compra y venta de Cannabis y sus productos se determinarán por las autoridades correspondientes, previa consulta al Instituto, con base en los siguientes objetivos: la protección de la salud pública y el desplazamiento del mercado informal• Todos los paquetes y envases de productos de Cannabis para uso comercial que se vendan en el territorio mexicano deberán de llevar la declaración: "Venta autorizada únicamente en México".• Para la exportación e importación, los paquetes y envases deberán cumplir con el etiquetado correspondiente al destino según la Ley que aplique.• Queda prohibido realizar toda forma de publicidad, directa o indirecta, cuyo propósito sea la promoción del uso de Cannabis o sus productos en: eventos de cualquier tipo que fomenten el uso adulto, medios de comunicación impresa, radio, televisión, cine, revistas, carteles, correo electrónico, tecnologías de internet, así como cualquier otro medio idóneo.• Artículo 28. Queda estrictamente prohibido, bajo las disposiciones de esta Ley, comerciar productos comestibles derivados del Cannabis.

USO TERAPÉUTICO Y PALIATIVO

• Queda permitido sembrar, cultivar, cosechar, preparar, producir, procesar, transportar, distribuir y vender Cannabis con fines lúdicos siempre y cuando cuenten con una licencia de autorización, cumplan con los requisitos de esta Ley, así como los establecidos por las autoridades competentes. • La venta de Cannabis y sus derivados se realizará únicamente con receta médica, mientras que los cannabinoides sintéticos requerirán receta médica controlada.• La venta de fármacos derivados del Cannabis se delimitará a farmacias únicamente. Estos establecimientos estarán obligados a ofrecer servicios de información y asesoramiento profesionalizado.

USO ADULTO ¿DÓNDE Y CÓMO?

• Queda permitido fumar Cannabis en espacios públicos, a excepción de los espacios 100% libres de humo de tabaco.• Los paquetes de Cannabis o sus productos, y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos deberán establecer niveles de THC y CBD; el tipo de Cannabis y sus posibles efectos; leyendas de reducción de daños en las que se describan los posibles efectos del consumo de Cannabis, las cuales deberán: ser grandes, claras, visibles y legibles; y ocupar al menos el 30% de las superficies principales expuestas.

CREACIÓN DEL INSTITUTO MEXICANO DE REGULACIÓN Y CONTROL DE CANNABIS:

• Será un organismo público desconcentrado de la Secretaria de Salud y sus objetivos serán crear la regulación y aplicar las medidas de seguridad, aseguramiento, vigilar, revisar y monitoreas y fiscalizar que se cumpla con la ley, evaluar los usos de cannabis y promover acciones que reduzcan los riesgos y daños asociados con el uso del cannabis

• Otorgará licencias, sanciones administrativas e implementar el registro anónimo de auto productores para uso personal

SCJN

Sin embargo, ésta no es una idea nueva que emerja únicamente de la mente de los Senadores morenistas sino, por el contrario, es un tema que ha estado en la agenda nacional desde hace tiempo, llevando a que la misma Suprema de Justicia de la Nación emitiera jurisprudencia para que se permita el cultivo y consumo de la marihuana con fines recreativos.

Esto al resolver en cinco casos la inconstitucionalidad de la prohibición, aprobando el amparo a cinco ciudadanos que ahora pueden sembrar y consumir (sin posibilidad de vender) con el visto bueno de la ley.

De acuerdo a los Ministros, los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de violan los derechos humanos a la dignidad, pluralismo, personalidad, propia imagen, libertad personal y corporal, por lo que fueron invalidados en estas resoluciones.

Como lo refiere, la organización México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), al declararse que son inconstitucionales artículos de la Ley General de Salud, detalló la organización, el Congreso se verá obligado a cambiar esa legislación, en un periodo de 90 días.

Cabe señalar que en agosto de este año, el pleno de la SCJN aprobó el uso de la marihuana medicinal para la Ciudad de México.

VOCES ENCONTRADAS

El tema en el Senado no mantiene una opinión compartido ya que, Miguel Ángel Osorio Chong, (coordinador del grupo parlamentario del PRI y ex Secretario de Gobernación) afirmó que la iniciativa no solucionará los problemas de inseguridad y violencia que atraviesa actualmente el país y que, por el contrario, “tanta libertad” podría resultar contraproducente.

Refirió que:

“Si bien es un paso en la dirección correcta, difícilmente ocasionará que se termine con los grandes mercados de drogas sintéticas como las metanfetaminas o la cocaína, o que se ponga fin al secuestro, la extorsión, el homicidio y la impunidad con la que actúan en ciertas partes del territorio la delincuencia organizada y quienes cometen delitos del fuero común”.

E incluso consideró lo que sí sería conveniente, sería exportar amapola con fines farmacéuticos ya que, al existir una disputa por el mercado de ésta en estados como Guerrero, Sinaloa, Chihuahua y Durango, esto “evitaría muchas muertes”.

PAÍSES EN DONDE ES LEGAL

En el mundo, solamente dos países han legalizado completamente el uso de la marihuana: Uruguay (2013) y Canadá (2018), mientras que en otros se observa de facto una legalidad o algo cercano a ello, al permitirla con fines medicinales o bien despenalizar su uso, es decir, que no es una actividad legal, pero tampoco motivo de cárcel.

En esta situación se encuentran países como Sudáfrica, Bélgica, Alemania, Australia, Chile, Colombia, Costa Rica, España, Holanda, India, Israel, Jamaica, Portugal, República Checa y la Ciudad de México.

En Estados Unidos, hay nueve estados en donde la marihuana se consume de manera legal; Oregon, Washington, Nevada, California, Alaska, Colorado, Vermont, Maine y Massachusetts.

UANE